10.11.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 395/24
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 7 de agosto de 2014 — Bundesagentur für Arbeit — Familienkasse Sachsen/Tomislaw Trapkowski
(Asunto C-378/14)
2014/C 395/29
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesfinanzhof
Partes en el procedimiento principal
Parte demandada y recurrente en casación: Bundesagentur für Arbeit — Familienkasse Sachsen
Parte demandante y recurrida en casación: Tomislaw Trapkowski
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe aplicarse el artículo 60, apartado 1, segunda frase, del Reglamento no 987/2009 (1) en un supuesto en el que una persona que vive en un Estado miembro (territorio nacional) tiene derecho a la asignación por hijos a cargo respecto de hijos que viven en otro Estado miembro (país extranjero) con su cónyuge, del que vive separado, con la consecuencia de que la ficción en virtud de la cual, a efectos de la aplicación de los artículos 67 y 68 del Reglamento no 883/2004 (2), debe tenerse en cuenta la situación de toda la familia como si todos sus miembros estuvieran sujetos a la legislación del Estado miembro considerado y residieran en él, en especial por lo que atañe al derecho a reclamar las prestaciones, da lugar a que el derecho a la asignación por hijos a cargo corresponda únicamente al progenitor que vive en el otro Estado miembro (país extranjero), porque el Derecho nacional del primer Estado miembro (territorio nacional) prevé que, en caso de que haya varias personas con derecho a la asignación por hijos a cargo, será beneficiario el progenitor en cuyo hogar conviva el hijo?
2)
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:
En las circunstancias expuestas en la primera cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 60, apartado 1, tercera frase, del Reglamento no 987/2009 en el sentido de que el progenitor que vive en un Estado miembro (territorio nacional) tiene derecho a la asignación por hijos a cargo con arreglo al Derecho nacional porque el otro progenitor, que vive en otro Estado miembro (país extranjero), no ha presentado ninguna solicitud de asignación por hijos a cargo?
3)
En caso de que en las circunstancias expuestas en la primera cuestión proceda responder a la segunda cuestión en el sentido de que la omisión de solicitud por parte del progenitor que vive en otro Estado miembro de la Unión Europea implica la subrogación del derecho a la asignación por hijos a cargo a favor del progenitor residente en el territorio nacional:
¿Cuál es el plazo que ha de transcurrir para considerar que un progenitor que vive en otro Estado miembro de la Unión Europea no «ejerce» el derecho a la asignación por hijos a cargo, en el sentido del artículo 60, apartado 1, tercera frase, del Reglamento no 987/2009, con la consecuencia de que tal derecho corresponde al progenitor que vive en el territorio nacional?
(1) Reglamento (CE) no 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) no 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO L 284, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO L 166, p. 1).
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