3.11.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 363/38
Sentencia del Tribunal General de 17 de septiembre de 2015 — Bankia/OAMI — Banco ActivoBank (Portugal) (Bankia)
(Asunto T-323/14) (1)
([«Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria figurativa Bankia - Marca nacional denominativa anterior BANKY - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»])
(2015/C 363/46)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Bankia, S.A. (Valencia) (representante: F. De Barba, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: G. Schneider, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI: Banco ActivoBank (Portugal), SA (Lisboa, Portugal)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 14 de febrero de 2014 (asuntos acumulados R 649/2013-2 y R 744/2013-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Banco ActivoBank (Portugal), SA, y Bankia, S.A.
Fallo
1)
Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 14 de febrero de 2014 (asuntos acumulados R 649/2013-2 y R 744/2013-2) en la medida en que estimó el recurso del Banco ActivoBank (Portugal), SA, relativo a los «servicios inmobiliarios» a que se refiere la solicitud de marca comunitaria y que están comprendidos en la clase 36.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
Bankia, S.A., y la OAMI cargarán cada una con sus propias costas.
(1) DO C 261, de 11.8.2014.
Full & Egal Universal Law Academy