4.3.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 82/25
Sentencia del Tribunal General de 12 de diciembre de 2018 — Teva UK y otros/Comisión
(Asunto T-679/14) (1)
((«Competencia - Prácticas colusorias - Mercado del perindopril, medicamento destinado al tratamiento de las enfermedades cardiovasculares, en sus versiones de referencia y genéricas - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE - Principio de imparcialidad - Consulta al Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes - Acuerdo de transacción en materia de patentes y de compra exclusiva - Competencia potencial - Restricción de la competencia por el objeto - Conciliación entre el Derecho de la competencia y el Derecho de patentes - Condiciones de exención del artículo 101 TFUE, apartado 3 - Multas»))
(2019/C 82/27)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Teva UK Ltd (West Yorkshire, Reino Unido), Teva Pharmaceuticals Europe BV (Utrecht, Países Bajos), Teva Pharmaceutical Industries Ltd (Jerusalén, Israel) (representantes: D. Tayar y A. Richard, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente F. Castilla Contreras, T. Vecchi y B. Mongin, posteriormente F. Castilla Contreras, B. Mongin y C. Vollrath, agentes, asistidos por G. Peretz, Barrister)
Parte coadyuvante en apoyo de las demandantes: European Generic medicines Association AISBL (EGA) (Bruselas, Bélgica) (representantes: S.-P. Brankin, Solicitor, y E. Wijckmans, abogado)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita, con carácter principal, la anulación de la Decisión C(2014) 4955 final de la Comisión, de 9 de julio de 2014, relativa a un procedimiento en virtud de los artículos 101 y 102 TFUE [asunto AT.39612 — Perindopril (Servier)], en lo que afecta a las demandantes, y, con carácter subsidiario, la reducción del importe de la multa impuesta a las demandantes en dicha Decisión.
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Teva UK Ltd, Teva Pharmaceuticals Europe BV y Teva Pharmaceutical Industries Ltd cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.
3)
L’European Generic medicines Association AISBL (EGA) cargará con sus propias costas.
(1) DO C 409 de 17.11.2014.
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