28.7.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 245/23
Recurso interpuesto el 8 de mayo de 2014 — Novomatic/OAMI — Granini France (HOT JOKER)
(Asunto T-326/14)
2014/C 245/31
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Novomatic AG (Gumpoldskirchen, Austria) (representante: W. M. Mosing, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Granini France (Macon, Francia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de 6 febrero de 2014 en el asunto R 589/2013-2 y, en consecuencia, desestime la oposición y ordene el registro de la marca comunitaria no 9 5 94 458 como se solicitó.
—
Ordene que la demandada y, en caso de que se persone por escrito en el procedimiento, la otra parte en el procedimiento ante la OAMI carguen con sus propias costas y con las costas en las que ha incurrido la demandante en el procedimiento ante el Tribunal General y en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La demandante
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa que contiene los elementos verbales «HOT JOKER» para productos de las clases 9 y 28 — Solicitud de marca comunitaria no 9 5 94 458
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Granini France
Marca o signo invocado: Marca figurativa que contiene los elementos verbales «joker +» para productos de las clases 28 y 41
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009; infracción del artículo 75 y ss. del Reglamento no 207/2009; infracción de la obligación de la OAMI de ejercer sus competencias de acuerdo con los principios generales del Derecho de la Unión Europea.
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