11.8.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 261/29
Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014 — Arrigo Cipriani/OAMI — Hotel Cipriani (CIPRIANI)
(Asunto T-343/14)
2014/C 261/53
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Arrigo Cipriani (Venecia, Italia) (representantes: A. Vanzetti, S. Bergia y G. Sironi, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Hotel Cipriani (Venecia, Italia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 14 de marzo de 2014 adoptada en el asunto R 224/2012-4 y declare la nulidad, conforme al artículo 52, apartado 1, letra b) y al artículo 53, apartado 2, letra a), del Reglamento no 207/2009 en relación con el artículo 8.3 del Código Italiano de Propiedad Intelectual, de la marca «Cipriani», no 1 15 824 registrada por Hotel Cipriani para todos los productos y servicios para los que la marca está registrada o;
—
Con carácter subsidiario, para todos los productos y servicios distintos de los servicios de «hoteles y reservas hoteleras» o;
—
Con carácter subsidiario, en relación con los servicios de «restaurantes, cafeterías, establecimientos públicos para comer, bares, servicios de restauración; reparto de bebidas para su consumo inmediato» o;
—
Remita el expediente a la OAMI para que proceda a declarar dicha nulidad;
—
Ordene que las costas del Sr. Arrigo Cipriani en este procedimiento sean completamente reembolsadas.
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso una solicitud de nulidad: La marca denominativa «CIPRIANI» para productos y servicios de las clases 16, 35 y 42 — Marca comunitaria no 115824
Titular de la marca comunitaria: Hotel Cipriani
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La demandante
Motivación de la solicitud de nulidad: La marca fue registrada de mala fe y vulnerando el derecho a un apellido de renombre «CIPRIANI»
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de declaración de invalidez
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados:
—
Infracción del artículo 53, apartado 2, letra a) del Reglamento no 207/2009, leído conjuntamente con el artículo 8.3 del Código Italiano de la Propiedad Intelectual
—
Infracción del artículo 52, apartado 1, letra b) del Reglamento no 207/2009.
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