25.8.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 282/44
Recurso interpuesto el 13 de junio de 2014 — Silec Cable y General Cable/Comisión
(Asunto T-438/14)
2014/C 282/58
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Silec Cable (Montereau Fault Yonne, Francia) y General Cable Corp. (Wilmington, Estados Unidos) (representante: I. Sinan, Barrister)
Demandadas: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule el artículo 1 de la Decisión de la Comisión C(2014) 2139 final, de 2 de abril de 2014, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/39.610 — Cables eléctricos) (en lo sucesivo, «Decisión») en lo que se refiere a Silec Cable y a General Cable.
—
Con carácter subsidiario, modifique el artículo 2 de la Decisión y reduzca el importe de la multa impuesta a Silec Cable y a General Cable a la luz de las alegaciones invocadas en apoyo del recurso.
—
Condene en costas a la Comisión Europea.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.
1.
Primer motivo, basado en que la Comisión incurrió en error de Derecho y no cumplió las obligaciones que le incumben en materia de carga de la prueba en virtud del artículo 2 del Reglamento no 1/2003 del Consejo.
2.
Segundo motivo, basado en que la Comisión incurrió en error de Derecho y violó los principios de la carga de la prueba y de presunción de inocencia al declarar que Silec Cable tenía la obligación positiva de distanciarse públicamente del supuesto cártel.
3.
Tercer motivo, basado en que la Comisión incurrió en error manifiesto de apreciación y violó el principio de igualdad de trato al concluir que Silec Cable participó directamente en el supuesto cártel desde el 30 de noviembre de 2005.
4.
Cuarto motivo, basado en que la Comisión incurrió en error manifiesto de apreciación y violó el principio de igualdad de trato al tratar a Silec Cable de forma diferente e incoherente respecto del trato que dispensó a otros destinatarios de la Decisión.
5.
Quinto motivo, basado en que, como mínimo, la Comisión incurrió en error manifiesto de apreciación y violó los principios de igualdad de trato y de proporcionalidad al no calificar a Silec Cable de participante de segunda línea.
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