8.9.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 303/39
Recurso interpuesto el 16 de junio de 2014 — ABB/Comisión
(Asunto T-445/14)
2014/C 303/47
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: ABB Ltd (Zúrich, Suiza) y ABB AB (Västerås, Suecia) (representantes: I. Vandenborre y S. Dionnet, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule parcialmente el artículo 1 de la decisión por la que se declara que las demandantes participaron en una infracción única y continuada en el sector de los cables eléctricos subterráneos y/o submarinos de (extra) alto voltaje, en la medida en que la declaración se extiende a todos los proyectos de cableado eléctrico subterráneo con voltajes de 110 kW o más (y no sólo a los proyectos de cableado eléctrico subterráneo con voltajes de 220 kW o más).
—
Anule parcialmente el artículo 1 de la decisión por la que se declara que las demandantes participaron en una infracción única y continuada en el sector de los cables subterráneos y/o submarinos de (extra) alto voltaje, en la medida en que la declaración se extiende a todos los accesorios para proyectos de cableado subterráneo con voltajes de 220 kW o más).
—
Anule parcialmente el artículo 1 de la decisión en la medida en que declara que la participación de las demandantes en la infracción comenzó el 1 de abril de 2000.
—
Condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos:
1.
Primer motivo, basado en que la Comisión incumplió sus obligaciones en materia de prueba e incurrió en un error manifiesto de apreciación, al asumir que la infracción incluía todos los proyectos de cableado eléctrico subterráneo con voltajes de 110 kW o superiores, cuando el expediente de la Comisión contenía indicios claros de que no todos los proyectos con voltajes inferiores a 220 kW eran objeto de infracción.
2.
Segundo motivo, basado en que la Comisión incumplió sus obligaciones en materia de prueba, al declarar la participación de las demandantes en dicha infracción relativa a todos los proyectos de cableado eléctrico subterráneo con voltajes de 110 kW o superiores.
3.
Tercer motivo, basado en que la Comisión incurrió en un error manifiesto de apreciación al incluir dentro del ámbito del incumplimiento todos los accesorios para cables eléctricos subterráneos relativos a proyectos de cableado subterráneo con un voltaje de 110 kW o superior, cuando las pruebas en el expediente de la Comisión indicaban que la infracción se refería únicamente a accesorios para cables eléctricos relativos a proyectos de cableado eléctrico subterráneo con un voltaje de 220 kW o superior.
4.
Cuarto motivo, basado en que la Comisión incurrió en un error de Derecho al declarar que las demandantes participaron en la infracción desde el 1 de abril de 2000.
5.
Quinto motivo, basado en que la Comisión incurrió en un error manifiesto de apreciación y vulneró el principio de presunción de inocencia al asumir que la participación de las demandantes en la infracción comenzó en la primera fecha posible.
6.
Sexto motivo, basado en que la decisión impugnada carece de motivación suficiente contrariamente al artículo 296 TFUE.
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