8.9.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 303/44
Recurso interpuesto el 24 de junio de 2014 — Österreichische Post/Comisión
(Asunto T-463/14)
2014/C 303/52
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Österreichische Post AG (Viena, Austria) (representantes: H. Schatzmann, J. Bleckmann, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la Decisión de ejecución de la Comisión en el asunto C(2014) 2093, en la medida en que debe ser de aplicación la Directiva 2004/17/CE en relación con la adjudicación de contratos sobre los servicios postales no mencionados en el artículo 1 de la Decisión de ejecución, cuya exención ha solicitado la demandante con arreglo al artículo 30, apartado 6 de la referida Directiva.
—
Subsidiariamente, en el supuesto de que, a juicio del Tribunal General, no resulte admisible o posible la impugnación parcial de la Decisión, anule dicha Decisión en su totalidad.
—
Condene en costas a la parte demandada.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso la parte demandante sostiene que, en relación con los servicios postales no contemplados en el artículo 1, la Decisión impugnada es contraria a Derecho en virtud del artículo 263 TFUE, apartado 2, por cuanto la Comisión ha violado el Derecho de la Unión al aplicar indebidamente e interpretar erróneamente la Directiva 2004/17/CE. Al respecto, alega la demandante esencialmente que los servicios postales que presta están expuestos a una adecuada competencia directa, por lo que se cumplen los requisitos exigidos para obtener una exención según el artículo 30, apartado 1, de la Directiva 2004/17. Asimismo alega la demandante que la Comisión ha aplicado ilícitamente los criterios y métodos recogidos en el Derecho y en la jurisprudencia de la Unión en cuanto a la delimitación del mercado.
Por lo demás, alega la demandante que la Comisión ha incumplido los requisitos sustanciales de forma en la medida en que no ha motivado suficientemente su Decisión.
Finalmente alega la demandante que la Comisión ha violado los derechos fundamentales de índole procesal al negar a la demandante el derecho a ser oída, en cuanto no se refirió, en lo tocante al contenido, a las diferencias con las alegaciones de la demandante ni a las pruebas que ésta había presentado.
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