6.10.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 351/21
Recurso interpuesto el 4 de agosto de 2014 — Giand/OAMI — Flamagas (FLAMINAIRE)
(Asunto T-583/14)
2014/C 351/27
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano
Partes
Demandante: Giand Srl (Rimini, Italia) (representante: F. Caricato, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Flamagas, S.A. (Barcelona)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 11 de junio de 2014 (asunto R 2117/2011-4), declarando que no existe riesgo de confusión entre las marcas de que se trata.
—
Remita el asunto a la OAMI para que efectúe modificaciones sustanciales de la resolución y registre la marca comunitaria no 8 6 80 746 para todos los productos contemplados, sin perjuicio de aquellos no impugnados.
—
Condene a la demandada al pago de las costas de las tres instancias.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La demandante
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «FLAMINAIRE» para productos de las clases 16 y 34 — Solicitud de marca comunitaria no 8 6 80 746
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Flamagas, S.A.
Marca o signo invocado: Marcas internacionales y nacionales denominativas para productos de las clases 16 y 34
Resolución de la División de Oposición: Desestimación parcial de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados:
—
Violación del principio ne bis in idem.
—
Apreciación errónea del riesgo de confusión.
—
Apreciación errónea de las pruebas.
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