20.10.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 372/22
Recurso interpuesto el 14 de agosto de 2014 — Fútbol Club Barcelona/OAMI (Representación de un escudo)
(Asunto T-615/14)
2014/C 372/28
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Fútbol Club Barcelona (Barcelona, España) (representante: J. Carbonell Callicó, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General:
—
la modificación de las resoluciones de la Primera Sala de Recurso de 23 de mayo de 2014 y de la examinadora de 23 de mayo de 2013, de acuerdo con el artículo 65, apartado 3, del Reglamento no 207/2009, por infracción del artículo 7, apartados 1, letra b, y 3 del Reglamento no 207/2009, acordando (i) el carácter distintivo de la marca grafica solicitada con no 1 1 7 64 354 y, por ello, la inaplicabilidad de la prohibición absoluta de registro contenida en el artículo 7, apartado 1, letra b, del Reglamento no 207/2009; y (ii) la publicación de dicha solicitud de marca para, una vez superados los restantes trámites, se pueda proceder a su concesión;
—
la imposición a la demandada de las costas del proceso, de conformidad con el artículo 87, apartado 2, del Reglamento no 207/2009.
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa representando un escudo para productos y servicios de las clases 16, 25 y 41 — Solicitud de marca comunitaria no 1 1 7 64 354
Resolución del examinador: Desestimación de la solicitud
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados:
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Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b, del Reglamento no 207/2009;
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Infracción del artículo 7, apartado 3, del Reglamento no 207/2009
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