10.11.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 395/58
Recurso interpuesto el 12 de septiembre de 2014 — Eslovenia/Comisión
(Asunto T-667/14)
2014/C 395/71
Lengua de procedimiento: esloveno
Partes
Demandante: República de Eslovenia (representante: L. Bembič, Abogado del Estado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la Decisión de Ejecución 2014/458/UE de la Comisión, de 9 de julio de 2014, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) [notificada con el número C(2014) 4479] (DO L 205, p. 62), en la parte en la que se refiere a la República de Eslovenia, en particular por lo que respecta a:
—
Las deficiencias en la verificación de pequeñas parcelas para respetar la definición de parcelas agrícolas, razón por la que se estableció una corrección a tanto alzado del 5 % de los pagos directos por un importe igual a 85 780,08 EUR en relación con el ejercicio 2010, a 1 15 956,46 EUR en relación con el ejercicio 2011 y a 1 31 269,23 EUR en relación con el ejercicio 2012.
—
La ausencia de extrapolación del resultado del control en caso de diferencia inferior al 3 %, razón por la que se estableció una corrección puntual de los pagos directos por un importe igual a 1 771,90 EUR en relación con el ejercicio 2010, ad 6 376,67 EUR en relación con el ejercicio 2011 y a 6 506,76 EUR en relación con el ejercicio 2012.
—
Condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
1.
Primer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación, en la falta de motivación de la Decisión y en la violación del principio de legalidad, por lo que se refiere a las declaraciones de la Comisión relativas a las deficiencias en la verificación de pequeñas parcelas y en la definición de parcelas agrícolas.
La demandante afirma que la Comisión declaró erróneamente que el sistema esloveno permite a los agricultores añadir, en la declaración de las parcelas, las franjas largas y estrechas de los prados que rodean en particular los sembrados, por lo cual las superficies de las unidades gráficas parcelarias de las explotaciones agrícolas [grafične enote rabe zemljišča kmetijskega gospodarstva (GERK)] se convierten en subvencionables, circunstancia que podría llevar a imprecisiones en las mediciones y, como consecuencia, a la aprobación de parcelas que no alcancen las dimensiones mínimas de las parcelas agrícolas en el sentido del artículo 14, apartado 4, del Reglamento no 796/2004 (1) o del artículo 13, apartado 9, del Reglamento no 1122/2009 (2).
2.
Segundo motivo, basado en la falta de motivación de la Decisión y en la violación del principio de legalidad, por lo que se refiere a las declaraciones de la Comisión relativas al incumplimiento de la obligación de extrapolación.
Según la demandante, la Comisión declaró erróneamente que, en la República de Eslovenia, las parcelas agrícolas que son seleccionadas para el control se eligen sólo de forma casual y al menos el 50 %, que el método de selección de las GERK no permite alcanzar suficiente representatividad y fiabilidad como requiere el Reglamento no 1122/2009 y que se incumplió la obligación de extrapolación en el sentido del considerando 44 del citado Reglamento.
(1) Reglamento (CE) no 796/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones para la aplicación de la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control previstos en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, y para la aplicación de la condicionalidad prevista en el Reglamento (CE) no 479/2008 del Consejo (DO L 141, p. 18).
(2) Reglamento (CE) no 1122/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) no 73/2009 del Consejo en lo referido a la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control en los regímenes de ayuda directa a los agricultores establecidos por ese Reglamento, y normas de desarrollo del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo referido a la condicionalidad en el régimen de ayuda establecido para el sector vitivinícola (DO L 316, p. 65).
Full & Egal Universal Law Academy