23.2.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 65/36
Recurso interpuesto el 21 de noviembre de 2014 — ANKO/Comisión
(Asunto T-771/14)
(2015/C 065/50)
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Demandante: ANKO AE Antiporsopeion, Emporiou kai Viomichanias (Atenas, Grecia) (representante: V. Christianos, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Declare que la cantidad de 2 96 149,77 euros, que la Comisión abonó a la demandante por la obra DOC@HAND, corresponde a gastos subvencionables y que en consecuencia la demandante no está obligada a restituirla como cantidad indebidamente pagada.
—
Condene a la Comisión al pago de las costas de la demandante.
Motivos y principales alegaciones
El presente recurso tiene por objeto la responsabilidad de la Comisión derivada del contrato no 508015 para la ejecución de la obra DOC@HAND, en virtud del artículo 272 TFUE. En particular, la demandante sostiene que, pese a haber cumplido todas sus obligaciones contractuales, la Comisión, incumpliendo el citado contrato, vulnerando el principio de buena fe, de la prohibición del abuso de derecho y de la proporcionalidad, solicitó la devolución de las cantidades abonadas a ANKO al considerar que corresponden a gastos no subvencionables.
Por ello, la demandante sostiene, en primer lugar, que la Comisión se basa en afirmaciones completamente infundadas y en cualquier caso no probadas para denegar la casi totalidad de los gastos de ANKO como no subvencionables y solicitar la devolución de la cantidad que abonó a ANKO para la obra DOC@HAND. En segundo lugar, que la Comisión, al rechazar el 99,59 % de su contribución debida, basándose en que, supuestamente, no corresponde a gastos subvencionables, que soportó la demandante para las necesidades de la obra, vulnera el principio de prohibición de abuso de derecho y de la proporcionalidad.
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