20.11.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 392/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de septiembre de 2017 — Ferriera Valsabbia S.p.A. (C-86/15 P), Valsabbia Investimenti S.p.A. (C-86/15 P, Alfa Acciai S.p.A. (C-87/15 P)/Comisión Europea
(Asuntos acumulados C-86/15 P y C-87/15 P) (1)
([Recurso de casación - Prácticas colusorias - Fabricantes italianos de redondos para hormigón - Fijación de los precios y limitación y control de la producción y de las ventas - Infracción del artículo 65 CA - Anulación de la Decisión inicial por el Tribunal General de la Unión Europea - Decisión readoptada tomando como base el Reglamento (CE) n.o 1/2003 - Inexistencia de formulación de un nuevo pliego de cargos - Inexistencia de audiencia tras la anulación de la Decisión inicial - Plazos soportados en el procedimiento ante el Tribunal General])
(2017/C 392/03)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Recurrentes: Ferriera Valsabbia S.p.A. (C-86/15 P), Valsabbia Investimenti S.p.A. (C-86/15 P), Alfa Acciai S.p.A. (C-87/15 P) (representantes: D.M. Fosselard, avocat, D. Slater, Solicitor, y A. Duron, avocate)
Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: L Malferrari y P. Rossi, agentes, asistidos por P. Manzini, avvocato)
Fallo
1)
Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 9 de diciembre de 2014, Ferriera Valsabbia y Valsabbia Investimenti/Comisión (T-92/10, no publicada, EU:T:2014:1032), y la sentencia del Tribunal General de 9 de diciembre de 2014, Alfa Acciai/Comisión (T-85/10, no publicada, EU:T:2014:1037).
2)
Anular la Decisión C(2009) 7492 final de la Comisión, de 30 de septiembre de 2009, relativa a una violación del artículo 65 CA (COMP/37.956 — Redondos para hormigón armado — readopción), en su versión modificada por la Decisión C(2009) 9912 final de la Comisión, de 8 de diciembre de 2009, en la medida en que se refiere a Ferriera Valsabbia S.p.A., Valsabbia Investimenti S.p.A. y Alfa Acciai S.p.A.
3)
Condenar a la Comisión Europea a cargar, además de con sus propias costas, con las costas en que hayan incurrido Ferriera Valsabbia S.p.A., Valsabbia Investimenti S.p.A. y Alfa Acciai S.p.A., tanto en primera instancia como en los presentes procedimientos de casación.
(1) DO C 146 de 4.5.2015.
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