6.3.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 70/5
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 18 de enero de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Düsseldorf — Alemania) — Wortmann KG Internationale Schuhproduktionen/Hauptzollamt Bielefeld
(Asunto C-365/15) (1)
([Procedimiento prejudicial - Unión aduanera y Arancel aduanero común - Devolución de derechos de importación - Reglamento (CEE) n.o 2913/92 (Código aduanero) - Artículo 241, párrafo primero, primer guion - Obligación de un Estado miembro de establecer el pago de intereses de demora incluso en ausencia de un recurso ante los órganos jurisdiccionales nacionales])
(2017/C 070/06)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Düsseldorf
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Wortmann KG Internationale Schuhproduktionen
Demandada: Hauptzollamt Bielefeld
Fallo
Cuando se devuelven derechos de importación, incluidos derechos antidumping, debido a que han sido recaudados de modo contrario al Derecho de la Unión, lo que corresponde comprobar al tribunal remitente, existe una obligación de los Estados miembros, derivada del Derecho de la Unión, de pagar a los justiciables que tengan derecho a dicha devolución los correspondientes intereses, que deben calcularse desde la fecha de pago por esos justiciables de los derechos devueltos.
(1) DO C 328 de 5.10.2015.
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