27.2.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 63/5
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 10 de noviembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság — Hungría) — Signum Alfa Sped Kft./Nemzeti Adó- és Vámhivatal Kiemelt Adó- és Vám Főigazgatóság
(Asunto C-446/15) (1)
((Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Fiscalidad - Impuesto sobre el Valor Añadido - Directiva 2006/112/CE - Derecho a deducción - Denegación - Emisor de la factura que no se considera el verdadero proveedor de los servicios facturados - Obligaciones de comprobación que incumben al sujeto pasivo))
(2017/C 063/07)
Lengua de procedimiento: húngaro
Órgano jurisdiccional remitente
Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Signum Alfa Sped Kft.
Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Kiemelt Adó- és Vám Főigazgatóság
Fallo
Las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una práctica nacional según la cual la administración tributaria deniega a un sujeto pasivo el derecho a deducir el impuesto sobre el valor añadido adeudado o pagado por los servicios que se le han prestado, basándose en que el contenido de las facturas relativas a esos servicios es inverosímil porque el emisor de dichas facturas no podía ser el verdadero proveedor de los servicios, a menos que se acredite, a la vista de datos objetivos y sin que se exijan al sujeto pasivo comprobaciones que no le incumben, que dicho sujeto pasivo sabía o habría debido saber que tales servicios formaban parte de un fraude al impuesto sobre el valor añadido, extremo que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.
(1) DO C 381 de 16.11.2015.
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