1.2.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 38/20
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 25 de septiembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Openbaar Ministerie/A.
(Asunto C-463/15 PPU) (1)
((Procedimiento prejudicial - Procedimiento prejudicial de urgencia - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Cooperación policial y judicial en materia penal - Decisión Marco 2002/584/JAI - Orden de detención europea - Artículos 2, apartado 4, y 4, punto 1 - Condiciones de ejecución - Derecho penal nacional que somete la ejecución de una orden de detención europea a la condición, además de la doble tipificación, de que el hecho punible esté castigado con una pena o una medida de seguridad privativas de libertad de duración máxima de al menos doce meses por el Derecho del Estado miembro de ejecución))
(2016/C 038/29)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Rechtbank Amsterdam
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Openbaar Ministerie
Demandada: A.
Fallo
Los artículos 2, apartado 4, y 4, punto 1, de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, según su modificación por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que la entrega con fundamento en una orden de detención europea se someta en el Estado miembro de ejecución no sólo a la condición de que el hecho por el que se ha emitido esa orden de detención constituya un delito, según el Derecho de ese Estado miembro, sino también a la condición de que sea punible según ese mismo Derecho con una pena privativa de libertad de una duración máxima no inferior a doce meses.
(1) DO C 363, de 3.11.2015.
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