9.3.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 81/11
Recurso de casación interpuesto el 19 de enero de 2015 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda ampliada) dictada el 7 de noviembre de 2014 en el asunto T-399/11, Banco Santander y Santusa/Comisión
(Asunto C-21/15 P)
(2015/C 081/14)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrente: Comisión Europea (representantes: R. Lyal, B. Stromsky, C. Urraca Caviedes y P. Němečková, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Banco Santander, S.A. y Santusa Holding, S.L.
Pretensiones
—
Que se anule la sentencia recurrida;
—
Que se devuelva el asunto al Tribunal General de la Unión Europea;
—
Que se reserve la decisión sobre las costas.
Motivos y principales alegaciones
El Tribunal General cometió un error de Derecho, al interpretar erróneamente el artículo 107, apartado 1, del Tratado y, en particular, la noción de selectividad de las ayudas de Estado que dicho artículo contiene.
Este único motivo de casación consta de dos partes, que derivan en el error de Derecho identificado:
—
En primer lugar, el Tribunal General erra al exigir, para demostrar que una medida es selectiva, la obligación de determinar un grupo de empresas con características propias e inherentes (identificables ex ante); y
—
En segundo lugar, el Tribunal General interpreta erróneamente la noción de selectividad al hacer una distinción artificial entre las ayudas a la exportación de bienes y las ayudas a la exportación de capital.
Full & Egal Universal Law Academy