26.5.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 171/17
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 27 de febrero de 2015 — Sprengen/Pakweg Douane BV/Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-97/15)
(2015/C 171/19)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Sprengen/Pakweg Douane BV
Otra parte en el procedimiento: Staatssecretaris van Financiën
Cuestión prejudicial/Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe interpretarse la nota 5, letra C), último párrafo, del capítulo 84 de la NC — teniendo en cuenta o no los anexos A y B del Acuerdo sobre el comercio de productos de tecnología de la información — en el sentido de que aparatos como los screenplays descritos en la presente resolución como «unidades de memoria de disco duro», deben clasificarse en la subpartida 8471 70 50 de la NC, pese a que los aparatos tienen unas características y propiedades tales que les permiten reproducir archivos multimedia almacenados en el disco duro, tras la conversión de los archivos en señales analógicas, en un aparato de televisión o en un monitor de vídeo?
2)
En caso de respuesta negativa a la cuestión 1, ¿debe interpretarse la partida 8521 de la NC en el sentido de que pueden clasificarse en ella aparatos como los screenplays, aun cuando la función de reproducción de vídeo de los mismos no sea su única función, sino más bien la función principal?
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