11.5.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 155/15
Recurso de casación interpuesto el 11 de marzo de 2015 por Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra el auto del Tribunal General (Sala Tercera) dictado el 2 de febrero de 2015 en el asunto T-577/14, Gascogne Sack Deutschland y Gascogne/Unión Europea
(Asunto C-125/15 P)
(2015/C 155/17)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (representantes: A.V. Placco y E. Beysen, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Gascogne Sack Deutschland GmbH y Gascogne
Pretensiones de la parte recurrente
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Que se anule el auto del Tribunal General (Sala Tercera) de 2 de febrero de 2015 en el asunto T-577/14, Gascogne Sack Deutschland y Gascogne/Unión Europea, en la medida en que desestima las pretensiones segunda, tercera y cuarta formuladas por el TJUE en su recurso presentado ante el Tribunal General con arreglo al artículo 114 del Reglamento de Procedimiento de éste.
—
Que se estimen las mencionadas pretensiones y en consecuencia:
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con carácter principal, que, resolviendo definitivamente el litigio, se declare la inadmisibilidad del recurso de indemnización interpuesto por Gascogne Sack Deutschland GmbH y Groupe Gascogne S.A., en la medida en que va dirigido contra el TJUE (en tanto que representante de la Unión);
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con carácter subsidiario, en caso de que el Tribunal de Justicia considere que el hecho de que el mencionado recurso de indemnización vaya dirigido contra el TJUE y no contra la Comisión (en tanto que representante de la Unión) no afecta a la admisibilidad del mismo, sino que el Tribunal General, resolviendo el incidente procesal planteado por el TJUE, debería haber ordenado la sustitución del TJUE por la Comisión como parte demandada, que se devuelva el asunto al Tribunal General para que éste resuelva el recurso de indemnización de Gascogne Sack Deutschland GmbH y Groupe Gascogne S.A., ateniéndose a los puntos de derechos que el Tribunal de Justicia haya zanjado.
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Que se condene a Gascogne Sack Deutschland GmbH y Groupe Gascogne S.A. a cargar con las costas en que haya incurrido el TJUE tanto en el procedimiento en primera instancia como en el recurso de casación.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso de casación, la parte recurrente invoca dos motivos, basados, por un lado, en la vulneración de las normas relativas a la representación de la Unión ante sus órganos judiciales y, por otro, en el incumplimiento de la obligación de motivación por parte del Tribunal General.
En su primer motivo de casación, basado en la vulneración de las normas relativas a la representación de la Unión ante sus órganos judiciales, el TJUE observa que, al no existir ninguna disposición expresa que regule específicamente la representación de la Unión ante sus órganos judiciales en el marco de las acciones ejercitadas sobre la base del artículo 268 TFUE, las normas relativas a tal representación deben ser deducidas de los principios generales que inspiran el ejercicio de la función jurisdiccional, en particular el principio de recta administración de la justicia y los principios de independencia y de imparcialidad del juez.
En su segundo motivo de casación, la parte recurrente sostiene que, al no contener una refutación específica a una alegación desarrollada ante el Tribunal General, alegación que estaba basada en el alcance de las sentencias C-40/12 P, Gascogne Sack/Comisión (1), y C-58/12 P, Groupe Gascogne/Comisión (2), el auto impugnado incumplió la obligación de motivación.
(1) EU:C:2013:768.
(2) EU:C.2013:770.
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