11.5.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 155/18
Recurso de casación interpuesto el 24 de marzo de 2015 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 20 de enero de 2015 en el asunto T-109/12, Reino de España/Comisión
(Asunto C-139/15 P)
(2015/C 155/20)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrente: Comisión Europea (representantes: D. Recchia y S. Pardo Quintillán, agentes)
Otra parte en el procedimiento: Reino de España
Pretensiones
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Que se anule la sentencia del Tribunal General de 20 de enero de 2015 en el asunto T-109/12, España/Comisión.
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Que se devuelva el asunto al Tribunal General para que éste resuelva.
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Que se condene en costas al Reino de España.
Motivos y principales alegaciones
El recurso de casación presentado por la Comisión se refiere a la sentencia del Tribunal General de 20 de enero de 2015 en el asunto T-109/12. Mediante su sentencia, el Tribunal General ha anulado la Decisión de la Comisión C(2011)9992 de 22 de diciembre de 2011 por la que se reduce la ayuda del Fondo de Cohesión a determinados proyectos.
La Comisión invoca, en apoyo de su recurso, dos motivos. A título principal, la Comisión considera que el Tribunal General ha incurrido en un error de Derecho por haber establecido que la Comisión ha de adoptar la decisión de corrección financiera dentro de un plazo, que viene determinado por el acto de base en vigor en la fecha de celebración de la audiencia entre la Comisión y el Estado miembro. Con carácter subsidiario, la Comisión alega que el Tribunal General ha incurrido en un error de Derecho por haber establecido que el plazo que se impone a la Comisión para adoptar la decisión de corrección financiera es un plazo imperativo, cuya inobservancia constituye un vicio sustancial de forma que invalida la decisión adoptada fuera de dicho plazo.
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