7.9.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 294/48
Recurso de casación interpuesto el 15 de julio de 2015 por la República Francesa contra la sentencia del Tribunal General (Sala Novena) dictada el 30 de abril de 2015 en el asunto T-259/13, Francia/Comisión
(Asunto C-373/15 P)
(2015/C 294/59)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: República Francesa (representantes: F. Alabrune, G. de Bergues, D. Colas y C. Candat, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Reino de España
Pretensiones de las partes recurrentes
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Que se anule parcialmente la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea, de 30 de abril de 2015, en el asunto T-259/13, Francia/Comisión.
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Que se pronuncie el Tribunal de Justicia con carácter definitivo sobre el litigio que anula la Decisión de Ejecución de la Comisión no 2013/123/UE, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (1), en la medida en que excluye determinados gastos efectuados por la República Francesa relativos al Eje 2 del Programa de desarrollo rural hexagonal correspondiente a los ejercicios financieros 2008 y 2009, o que devuelva el asunto ante el Tribunal General para que se pronuncia sobre el litigio.
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Que se reserve la decisión sobre las costas.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso de casación, el Gobierno francés invoca tres motivos contra la sentencia recurrida.
Mediante su primer motivo, el Gobierno francés sostiene que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al no plantear de oficio un motivo basado en la violación de las formas sustanciales ya que la Comisión adoptó su decisión controvertida más allá de un plazo razonable.
Mediante su segundo motivo, invocado con carácter subsidiario, el Gobierno francés sostiene que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al considerar que la Comisión no infringió los artículos 10 y 14 del Reglamento (CE) no 1975/2006 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural (2) (en lo sucesivo, «Reglamento 1975/2006»), al obligar a las autoridades francesas a efectuar el recuento de los animales durante los controles in situ realizados en relación con las medidas de ayudas ICDN («indemnizaciones compensatorias de las desventajas naturales»).
Mediante su tercer motivo, invocado con carácter subsidiario de segundo grado, el Gobierno francés sostiene que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al considerar que las verificaciones in situ efectuadas en el marco de la gestión de la identificación bovina o de las primas ovinas no constituyen controles in situ conforme a los artículos 12 y siguientes del Reglamento 1975/2006.
Por consiguiente, la sentencia recurrida debe anularse en la medida en que desestima el primer motivo de anulación planteado por el Gobierno francés contra la decisión controvertida de la Comisión.
(1) DO L 67, p. 20.
(2) DO L 368, p. 74.
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