21.9.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 311/42
Recurso interpuesto el 17 de julio de 2015 — Comisión Europea/Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-389/15)
(2015/C 311/45)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre, J. Guillem Carrau, B. Hartmann, agentes)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se anule la Decisión del Consejo de 7 de mayo de 2015 por la que se autoriza la apertura de negociaciones del Arreglo de Lisboa revisado relativo a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas en lo que respecta a las materias que son competencia de la Unión Europea.
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Que se mantengan los efectos de la Decisión impugnada, en su caso, hasta que entre en vigor, en un plazo de tiempo razonable a partir de la fecha en que se dicte la presente resolución, de la nueva decisión que deberá adoptar el Consejo con arreglo al artículo 218 TFUE, apartados 3, 4 y 8.
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Que se condene en costas al Consejo de la Unión Europea.
Motivos y principales alegaciones
Primer motivo, basado en que la Decisión impugnada reconoce competencia a los Estados miembros, infringiendo así el artículo 3 TFUE, ya que la negociación en cuestión atañe a un acuerdo, lo que entra dentro del ámbito de la competencia exclusiva de la Unión.
Segundo motivo, basado en la infracción de los artículos 207 TFUE, apartado 3, y 218 TFUE, apartados 3, 4 y 8, porque el Consejo ha designado a los Estados miembros como «negociadores» en una materia competencia de la Unión Europea y no ha adoptado la Decisión impugnada por la mayoría debida.
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