18.1.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 16/18
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Santa Maria Capua Vetere (Italia) el 16 de octubre de 2015 — Proceso penal contra Angela Manzo
(Asunto C-542/15)
(2016/C 016/22)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunale di Santa Maria Capua Vetere
Partes en el procedimiento principal
Angela Manzo
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Deben interpretarse los artículos 49 y [56] [TFUE] y los principios de igualdad de trato y de efectividad en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en materia de juegos de azar que dispone la convocatoria de una nueva licitación para la adjudicación de concesiones (como la regulada en el artículo [10, apartado] 9 octies, de la Ley no 44, de 26 de abril de 2012) y que contiene cláusulas de exclusión de la licitación por incumplimiento del requisito de capacidad económica y financiera como consecuencia de la falta de criterios alternativos distintos de la presentación de dos referencias bancarias procedentes de dos entidades financieras diferentes?
2)
¿Debe interpretarse el artículo 47 de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004 (1), en el sentido de que se opone a una normativa nacional en materia de juegos de azar que dispone la convocatoria de una nueva licitación para la adjudicación de concesiones (como la regulada en el artículo [10, apartado] 9 octies de la Ley no 44, de 26 de abril de 2012) [y que contiene cláusulas de exclusión de la licitación por incumplimiento del requisito] de capacidad económica y financiera como consecuencia de la falta de documentos y [de] posibilidades alternativas de la índole de los establecidos en la normativa [supra]nacional?
3)
¿Se oponen los artículos 49 y [56] [TFUE] a una normativa nacional que impide de hecho toda actividad transfronteriza en el sector del juego, con independencia de la forma en que dicha actividad se lleve a cabo y, en particular (según los términos de la sentencia Biasci y otros, C-660/11 y C-8/12, EU:C:2013:550), en los casos en que los intermediarios de la empresa presentes en el territorio nacional puedan estar sujetos a un control físico con fines de policía?
(1) Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO L 134, p. 114).
Full & Egal Universal Law Academy