20.6.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 222/36
Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 12 de mayo de 2016 — FS/CESE
(Asunto F-50/15) (1)
([Función pública - Agentes temporales - Artículo 2, letra c), del ROA - Agente temporal contratado para ejercer funciones de jefe de unidad «en un grupo del Comité Económico y Social Europeo» - Artículo 44, párrafo segundo, del Estatuto - Subida de escalón concedida con carácter retroactivo tras un período de prueba de nueve meses - Aplicación por analogía a los agentes temporales no prevista ratione temporis por el ROA - Período de prueba sui generis decidido contractualmente al margen de los supuestos contemplados por el ROA - Prolongación del período de prueba contractual - Calidad de las prestaciones en el ejercicio de las funciones de jefe de unidad considerada insuficiente - Cambio de destino a un puesto no directivo - Disfrute de la subida de escalón prevista en el artículo 44, párrafo segundo, del Estatuto])
(2016/C 222/46)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: FS (representantes: L. Levi y A. Tymen, abogados)
Demandada: Comité Económico y Social Europeo (representantes: K. Gambino, X. Chamodraka, M. Pascua Mateo, A. Carvajal y L. Camarena Januzec, agentes, G. Wägenbaur, abogado)
Objeto
Pretensión de anulación de la decisión de no confirmar al demandante en sus funciones de jefe de unidad y pretensión de indemnización de daños y perjuicios por el perjuicio material y moral supuestamente sufrido.
Fallo
1)
Anular la decisión del Presidente del Comité Económico y Social Europeo, de 25 de mayo de 2014, tal como fue completada por la enmienda n.o 2 al contrato de FS, mediante la cual la autoridad facultada para celebrar los contratos del Comité Económico y Social Europeo decidió no confirmar a FS en sus funciones de jefe de unidad y cambiarle de destino, con efectos a partir del 9 de abril de 2014, a un puesto no directivo.
2)
Condenar al Comité Económico y Social a indemnizar a FS con un importe de 2 000 euros por el perjuicio moral sufrido.
3)
Desestimar en todo lo demás las pretensiones de indemnización.
4)
Condenar al Comité Económico y Social a cargar con sus propias costas y con las de FS.
(1) DO C 190 de 8.6.2015, p. 37.
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