Asunto F-132/15: Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 20 de julio de 2016 — HC/Comisión (Función pública — Agentes temporales — Sucesión de contratos de trabajo bajo diferentes regímenes jurídicos en varias instituciones de la Unión — Interrupción por un período de desempleo — Afiliación ininterrumpida al régimen común del seguro de enfermedad de la Unión — Nuevo contrato de trabajo — Artículo 13 del ROA — Reconocimiento médico previo a la contratación — Artículo 32 del ROA — No comunicación por parte del interesado de una enfermedad de la que ya estaba aquejado — Descubrimiento posterior por la AFPC — Aplicación retroactiva de una reserva médica de cinco años de duración — Impugnación — Consulta a la comisión de invalidez — Deber de lealtad — Decisión de la AFPC de prohibir la contratación del agente por la institución durante un período de seis años)
C3642016ES3910120160720ES0047391391
Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 20 de julio de 2016 — HC/Comisión
(Asunto F-132/15) ( 1 )
«(Función pública — Agentes temporales — Sucesión de contratos de trabajo bajo diferentes regímenes jurídicos en varias instituciones de la Unión — Interrupción por un período de desempleo — Afiliación ininterrumpida al régimen común del seguro de enfermedad de la Unión — Nuevo contrato de trabajo — Artículo 13 del ROA — Reconocimiento médico previo a la contratación — Artículo 32 del ROA — No comunicación por parte del interesado de una enfermedad de la que ya estaba aquejado — Descubrimiento posterior por la AFPC — Aplicación retroactiva de una reserva médica de cinco años de duración — Impugnación — Consulta a la comisión de invalidez — Deber de lealtad — Decisión de la AFPC de prohibir la contratación del agente por la institución durante un período de seis años)»2016/C 364/47Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: HC (representantes: J.-N. Louis y N. de Montigny, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: C. Berardis-Kayser, T.S. Bohr y C. Ehrbar, agentes)
Objeto
Pretensión de anulación de la decisión de la Comisión de aplicar la cláusula de reserva médica que se recoge en el artículo 32 del ROA con carácter retroactivo, desde la fecha de incorporación de la demandante al servicio de la Comisión, y de suspender las garantías previstas en materia de invalidez y fallecimiento, y, por otra parte, de la decisión de prohibir su contratación por parte de la Comisión durante un período de seis años desde la fecha de finalización de su último contrato.
Fallo
1)
Anular la decisión de 29 de enero de 2015 por la cual la autoridad facultada para proceder a las contrataciones de la Comisión Europea prohibió la contratación de HC por parte de dicha institución durante un período de seis años.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con la mitad de las costas de HC.
4)
HC cargará con la mitad de sus propias costas.
( 1 ) DO C 406 de 7.12.2015, p. 46.
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