29.6.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 213/48
Recurso interpuesto el 22 de abril de 2015 — ZZ/OAMI
(Asunto F-60/15)
(2015/C 213/78)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: ZZ (representante: N. Lhoëst, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI)
Objeto y descripción del litigio
Anulación de la Decisión del Presidente de la OAMI de 4 de junio de 2014 por la que se da por finalizado el contrato de agente temporal del demandante y solicitud de reincorporarse, si fuera posible, en la OAMI y, si no lo fuera, una indemnización económica justa por la supuesta rescisión ilegal de su contrato y, por último, una indemnización de daños y perjuicios por el perjuicio moral supuestamente sufrido.
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la decisión del Presidente de la OAMI de 4 de junio de 2014 por la que se da por finalizado el contrato de agente temporal del demandante.
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Como consecuencia de ello, que se ordene la reincorporación del demandante y se condene a la parte demandada en concepto de daños y perjuicios al pago al demandante de la retribución correspondiente al período comprendido entre la fecha en que se hizo efectiva la rescisión de su contrato y la fecha de su reincorporación como consecuencia de la anulación de la decisión adoptada y a la reconstitución de su carrera irregularmente detenida por la decisión de rescisión de su contrato.
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Con carácter subsidiario, en el supuesto de que la reincorporación del demandante suponga dificultades prácticas importantes o resulte excesiva en atención a la situación de terceros, que se condene a la demandada al pago de una compensación económica justa por la rescisión ilegal de su contrato, teniendo en cuenta no sólo la pérdida de retribución en el pasado sino también de la oportunidad, efectiva, de que el demandante se mantenga al servicio de la OAMI hasta alcanzar la edad de su jubilación en el marco de un contrato de duración indefinida y de que evolucione en su carrera.
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En cualquier caso, que se condene a la demandada al pago de daños e intereses como compensación por el perjuicio moral sufrido, que se evalúan ex aequo et bono en 15 000 euros.
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Que se condene a la OAMI al pago de todas las costas.
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