24.8.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 279/59
Recurso interpuesto el 26 de mayo de 2015 — ZZ/BEI
(Asunto F-82/15)
(2015/C 279/75)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: ZZ (representantes: L. Isola y G. Isola, avvocati)
Demandada: Banco Europeo de Inversiones
Objeto y descripción del litigio
Anulación, por un lado, de la decisión de no reembolsar los gastos en que incurrió el demandante para una terapia láser seguida en 2007 y, por otro lado, de las decisiones consecutivas y conexas adoptadas por el Banco en 2014.
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la decisión comunicada el 4 de diciembre de 2014 y todos los actos conexos, consecutivos y previos, entre los que figuran sin duda alguna los escritos del BEI de 8 de enero de 2014, 31 de enero de 2014, 14 de febrero de 2014, 24 de febrero de 2014, 30 de abril de 2014 y 3 de julio de 2014, así como el dictamen de 26 de febrero de 2008 y el informe emitido en octubre de 2008 por el Dr. M., asesor médico del Banco y, por último, el dictamen emitido por el Dr. S. el 6 de octubre de 2014.
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Que se condene al BEI a reembolsar la cantidad de 3 000 euros, correspondiente a la cantidad desembolsada por el demandante para seguir un tratamiento mediante láser efectuado los días 29, 30 y 31 de octubre de 2007, y los días 21, 22 y 23 de noviembre de 2007, así como a la indemnización equitativa de los perjuicios morales, incrementada con los intereses y la compensación por la depreciación monetaria sobre las cantidades reconocidas.
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Con carácter subsidiario, que se condene a la Unión Europea a abonar la cantidad de 3 000 euros en concepto de indemnización por el perjuicio sufrido por el demandante debido a sus decisiones equívocas, incrementada con los intereses y la compensación por la depreciación monetaria.
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Que se condene al BEI y a la Unión Europea al pago solidario de una indemnización equitativa del perjuicio moral y de las costas de la instancia.
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