13.6.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 211/49
Sentencia del Tribunal General de 28 de abril de 2016 — Sharif University of Technology/Consejo
(Asunto T-52/15) (1)
((Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Irán a fin de impedir la proliferación nuclear - Congelación de fondos - Apoyo al Gobierno iraní - Actividades de investigación y desarrollo tecnológico en ámbitos militares o relacionados con ellos - Derecho de defensa - Derecho a la tutela judicial efectiva - Error de Derecho y error de apreciación - Derecho de propiedad - Proporcionalidad - Desviación de poder - Pretensión de indemnización))
(2016/C 211/61)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Sharif University of Technology (Teherán, Irán) (representante: M. Happold, Barrister)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: V. Piessevaux y M. Bishop, agentes)
Objeto
Por un lado, una pretensión de anulación de la Decisión 2014/776/PESC del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 325, p. 19), en la medida en que incluyó el nombre de la demandante en la lista del anexo II de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39), así como del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1202/2014 del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (DO L 325, p. 3), en la medida en que incluyó el nombre de la demandante en la lista del anexo IX del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 961/2010 (DO L 88, p. 1), y, por otro lado, una pretensión de indemnización de daños y perjuicios.
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Sharif University of Technology cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.
(1) DO C 138 de 27.4.2015.
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