7.5.2018
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 161/46
Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2018 — De Capitani/Parlamento
(Asunto T-540/15) (1)
([«Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Documentos relativos a un procedimiento legislativo en curso - Diálogos tripartitos - Cuadros con cuatro columnas que se refieren a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a Europol y por el que se derogan las Decisiones 2009/371/JAI y 2005/681/JAI - Denegación parcial de acceso - Recurso de anulación - Interés en ejercitar la acción - Admisibilidad - Artículo 4, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento n.o 1049/2001 - Excepción relativa a la protección del proceso de toma de decisiones - Inexistencia de presunción general de denegación de acceso a los cuadros con cuatro columnas elaborados en el marco de los diálogos tripartitos»])
(2018/C 161/50)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Emilio De Capitani (Bruselas, Bélgica) (representantes: O. Brouwer, J. Wolfhagen y E. Raedts, abogados)
Demandada: Parlamento Europeo (representantes: inicialmente N. Görlitz, A. Troupiotis y C. Burgos, posteriormente N. Görlitz, C. Burgos e I. Anagnostopoulou, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: E. Rebasti, B. Driessen y J.-B. Laignelot, agentes) y Comisión Europea (représentants: J. Baquero Cruz y F. Clotuche-Duvieusart, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión A(2015) 4931 del Parlamento Europeo, de 8 de julio de 2015, por la que se deniega al demandante el acceso íntegro a los documentos LIBE-2013-0091-02 y LIBE-2013-0091-03.
Fallo
1)
Anular la Decisión A(2015) 4931 del Parlamento Europeo, de 8 de julio de 2015, en la medida en que deniega al Sr. Emilio De Capitani el acceso íntegro a los documentos LIBE-2013-0091-02 y LIBE-2013-0091-03.
2)
El Parlamento cargará con sus propias costas y con las del Sr. Capitani.
3)
El Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 398 de 30.11.2015
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