5.12.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 454/25
Auto del Tribunal General de 12 de octubre de 2016 — Lysoform Dr. Hans Rosemann y otros/ECHA
(Asunto T-543/15) (1)
([«Recurso de anulación - Inclusión como proveedor de una sustancia activa en la lista mencionada en el artículo 95 del Reglamento (UE) n.o 528/2012 - Inexistencia de afectación directa - Inadmisibilidad»])
(2016/C 454/45)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Lysoform Dr. Hans Rosemann GmbH (Berlín, Alemania), Ecolab Deutschland GmbH (Monheim, Alemania), Schülke & Mayr GmbH (Norderstedt, Alemania) y Diversey Europe Operations BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: K. Van Maldegem, M. Grunchard y P. Sellar, abogados)
Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: C. Buchanan, W. Broere y M. Heikkilä, agentes, asistidos por P. Oliver, Barrister)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE y dirigido a la anulación de la decisión de la ECHA de 17 de junio de 2015 relativa a la inclusión de Oxea GmbH, con sede en Alemania, como proveedor de una sustancia activa en la lista mencionada en el artículo 95, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (DO 2012, L 167, p. 1).
Fallo
1)
Declarar la inadmisibilidad del recurso.
2)
Sobreseer las demandas de intervención de Oxea GmbH y de BASF SE.
3)
Condenar a Lysoform Dr. Hans Rosemann GmbH, Ecolab Deutschland GmbH, Schülke & Mayr GmbH y Diversey Europe Operations BV a cargar con sus propias costas y con las de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) a excepción de las correspondientes a las demandas de intervención.
4)
Lysoform Dr. Hans Rosemann, Ecolab Deutschland, Schülke & Mayr, Diversey Europe Operations, la ECHA, Oxea y BASF cargarán cada una con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención.
(1) DO C 406 de 7.12.2015.
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