15.6.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 198/39
Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2015 — Aanbestedingskalender y otros/Comisión
(Asunto T-138/15)
(2015/C 198/53)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Aanbestedingskalender BV (Ede, Países Bajos); Negometrix BV (Ámsterdam, Países Bajos); CTM Solution BV (Breukelen, Países Bajos); Stillpoint Applications BV (Ámsterdam, Países Bajos); y Huisinga Beheer BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: C. Dekker y L. Fiorilli, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
Las demandantes solicitan al Tribunal General que:
—
Anule, con arreglo a los artículos 263 TFUE y 264 TFUE, la parte de la Decisión de 18 de diciembre de 2014 de la Comisión Europea SA.34646 (2014/NN) (ex 2012/CP) — Plataforma neerlandesa de contratación pública electrónica TenderNed que declara que las actividades de TenderNed se califican de servicios (no económicos) de interés general y que, por consiguiente, la ejecución y financiación de TenderNed no constituye una ayuda de Estado.
—
Condene a la demandada a cargar con sus propias costas y con las de las demandantes.
—
Adopte cualquier otra actuación que el Tribunal de Justicia estime adecuada.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las demandantes invocan un motivo.
1.
Primer motivo, basado en que la Comisión Europea incurrió en un error de apreciación manifiesto y en un error de Derecho al declarar que los servicios de TenderNed se califican de servicios (no económicos) de interés general.
—
Las demandantes alegan que las actividades de TenderNed son de carácter económico y no pertenecen a las potestades estatales, dado que tales servicios no proceden de obligaciones establecidas por las Directivas de contratación de la UE, TenderNed no actúa como autoridad pública, las actividades de TenderNed no son necesarias para garantizar el cumplimiento de las Directivas de contratación de la UE, el cumplimiento de las obligaciones de las Directivas de contratación de la UE puede garantizarse por otros medios y la Ley de contratación neerlandesa autoriza iniciativas comerciales en el mercado de la contratación pública.
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