Asunto T-307/15: Recurso interpuesto el 5 de junio de 2015 — 1&1 Telecom/Comisión
C2702015ES3510120150605ES0044351362
Recurso interpuesto el 5 de junio de 2015 — 1&1 Telecom/Comisión
(Asunto T-307/15)2015/C 270/44Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: 1&1 Telecom GmbH (Montabaur, Alemania) (representantes: J. Murach, J. Schmidt y R. Klotz, abogados, y P. Alexiadis, Solicitor)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la Decisión de la Comisión Europea C(2014) 4443, adoptada el 2 de julio de 2014 en el asunto COMP/M.7018 — Telefónica Deutschland/E-Plus (en lo sucesivo, «Decisión»), por la que se declara la operación de concentración de Telefónica Deutschland Holding AG y E-Plus Mobilfunk GmbH & Co. KG compatible con el mercado interior y el funcionamiento del Acuerdo EEE, condicionada al cumplimiento por parte de Telefónica de los compromisos a los que se hace referencia en los anexos de la Decisión.
—
Condene a la Comisión a cargar con sus propias costas y con las de la demandante.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1.
Primer motivo, basado en que, para determinar si la concentración obstaculiza significativamente la competencia efectiva, la Comisión incurrió en vicios sustanciales de forma por falta de motivación e incumplimiento del deber de diligencia y aplicó la normativa de la Unión sobre el control de fusiones de forma manifiestamente errónea, en la medida en que:
—
No realizó un examen de los efectos verticales de la concentración.
—
Motivó de manera insuficiente la conclusión de que puede dejarse abierta la cuestión de si la concentración obstaculiza significativamente la competencia efectiva en el mercado mayorista de acceso y originación de llamadas en Alemania.
—
Motivó de manera insuficiente las conclusiones relativas a los efectos horizontales coordinados en el mercado mayorista de acceso y originación de llamadas en Alemania.
2.
Segundo motivo, basado en que la Comisión incurrió en graves errores de Derecho y en errores manifiestos de apreciación, ya que
—
Aceptó los compromisos definitivos presentados por Telefónica.
—
Concluyó que estos compromisos definitivos superarían los obstáculos significativos a la competencia efectiva.
—
Autorizó la concentración condicionada al cumplimiento por parte de Telefónica de los compromisos definitivos.
3.
Tercer motivo, basado en que la Comisión, al adoptar su Decisión, incurrió en desviación de poder, al tener en cuenta consideraciones de tipo político ajenas a la competencia, en lugar de perseguir los objetivos que los Tratados y el Reglamento de concentraciones de la Unión Europea establecieron al respecto ( 1 ).
( 1 ) Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones») (DO L 24, p. 1).
Full & Egal Universal Law Academy