23.11.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 389/62
Recurso interpuesto el 25 de septiembre de 2015 — Portugal/Comisión
(Asunto T-551/15)
(2015/C 389/70)
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes, M. Figueiredo, P. Estêvão y J. Saraiva de Almeida, agentes)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la Decisión C(2015) 4076 de la Comisión Europea, (1) por cuanto excluyó de la financiación de la Unión Europea el importe de 5 01 445,57 euros correspondiente a los gastos declarados por la República Portuguesa en el ámbito de la medida «Lino y cáñamo» de la campaña de 1999/2000.
—
Condene en costas a la Comisión Europea.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos, basados en:
1)
La infracción del artículo 5, apartado 2, del Reglamento no 729/70: (2) la Comisión no demostró la existencia de una violación de la normativa de organización común de los mercados agrícolas.
2)
La infracción del artículo 5, apartado 2, del Reglamento no 729/70, por no concurrir los requisitos establecidos por la Comisión en las directrices uniformes que figuran en el documento no VI/5330/97, (3) para la aplicación de una corrección financiera a tanto alzado del 25 %.
3)
La infracción del artículo 31 del Reglamento no 1290/2005: (4) gastos efectuados antes de los veinticuatro meses anteriores — por denegar la Decisión impugnada, excluyendo de la financiación comunitaria los gastos efectuados en los años 1999 y 2000, la financiación de los gastos efectuados con anterioridad a los veinticuatro meses que precedieron a la comunicación escrita que la Comisión envió a las autoridades portuguesas de los resultados de las comprobaciones que derivan de la anulación de la Decisión de la Comisión de 28 de abril de 2006. (5)
(1) Decisión de Ejecución [(UE) 2015/119] de la Comisión, de 22 de junio de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (DO L 182, p. 39).
(2) Reglamento (CEE) no 729/70 del Consejo, de 21 de abril de 1970, sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 94, p. 13; EE 03/03, p. 220).
(3) Documento VI/5330/97, de 23 de diciembre de 1997, Directrices de la Comisión Europea para el cálculo de las consecuencias financieras en la preparación de la decisión de liquidación de las cuentas de la sección de Garantía del FEOGA.
(4) Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 209, p. 1).
(5) Decisión 2006/334/CE de la Comisión, de 28 de abril de 2006, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L 124, p. 21).
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