25.1.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 27/61
Recurso interpuesto el 12 de octubre de 2015 — Eurorail/Comisión e INEA
(Asunto T-589/15)
(2016/C 027/78)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Eurorail NV (Alost, Bélgica) (representantes: J. Derenne, N. Pourbaix y M. Domecq, abogados)
Demandada: Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) y Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Declare, con arreglo al artículo 272 TFUE, que la resolución de la INEA de 17 de julio de 2015 por la que se resuelve el Acuerdo de Subvención (1) y se ordena recuperar parte de los anticipos abonados a la parte demandante es inválida e inaplicable y que se establezca en 951 813 euros el importe definitivo de la subvención que se debe a la parte demandante.
—
Subsidiariamente, se considere a la Comisión y a la INEA contractualmente responsables de la pérdida causada a la parte demandante como consecuencia de la resolución y se ordene la recuperación de 581 770 euros (más intereses).
—
Subsidiariamente, se ordene a la INEA o a la Comisión revocar la resolución.
—
Se condene en costas a la INEA o a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos.
1.
Primer motivo, basado en que la INEA y la Comisión actuaron incumpliendo las obligaciones que el Acuerdo de Subvención les impone. Como resultado, la parte demandante plantea que resolvieron indebidamente el Acuerdo de Subvención y ordenaron recuperar parte de los anticipos que se le habían abonado.
2.
Segundo motivo, basado en que la INEA y la Comisión actuaron violando el principio de cumplir de buena fe las obligaciones contractuales.
3.
Tercer motivo, basado en que la INEA y la Comisión vulneraron la confianza legítima de la parte demandante.
(1) Acuerdo de Subvención MPO/09/058/SI1.5555667 «RAIL2» (Convocatoria Marco Polo II de 2009).
Full & Egal Universal Law Academy