13.11.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 382/14
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 14 de septiembre de 2017 — Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)/Instituto dos Vinhos do Douro e do Porto IP, Bruichladdich Distillery Co. Ltd
(Asunto C-56/16 P) (1)
([Recurso de casación - Marca de la Unión Europea - Reglamento (CE) n.o 207/2009 - Artículo 8, apartado 4, y artículo 53, apartado 1, letra c), y apartado 2, letra d) - Marca denominativa de la Unión PORT CHARLOTTE - Solicitud de nulidad de dicha marca - Protección concedida a las denominaciones de origen anteriores «Porto» y «Port» en virtud del Reglamento (CE) n.o 1234/2007 y del Derecho nacional - Carácter exhaustivo de la protección concedida a estas denominaciones de origen - Artículo 118 quaterdecies del Reglamento (CE) n.o 1234/2007 - Conceptos de «utilización» y de «evocación» de una denominación de origen protegida])
(2017/C 382/16)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) (representantes: E. Zaera Cuadrado y Ó. Mondéjar Ortuño, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte recurrente: Comisión Europea (representantes: B. Eggers, I. Galindo Martín, J. Samnadda y T. Scharf, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Instituto dos Vinhos do Douro e do Porto IP (representante: P. Sousa e Silva, advogado), Bruichladdich Distillery Co. Ltd (representante: S. Havard Duclos, abogada)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte Instituto dos Vinhos do Douro e do Porto IP: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes, M. Figueiredo y A. Alves, agentes)
Fallo
1)
Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 18 de noviembre de 2015, Instituto dos Vinhos do Douro e do Porto/OAMI — Bruichladdich Distillery (PORT CHARLOTTE) (T-659/14, EU:T:2015:863).
2)
Desestimar el recurso en el asunto T-659/14, interpuesto por el Instituto dos Vinhos do Douro e do Porto IP contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 8 de julio de 2014 (asunto R 946/2013-4).
3)
El Instituto dos Vinhos do Douro e do Porto IP cargará con las costas de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y de Bruichladdich Distillery Co. Ltd en ambas instancias.
4)
La República Portuguesa y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 175 de 17.5.2016.