Asunto C-325/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 17 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo — España) — Industrias Químicas del Vallés, S.A. / Administración General del Estado, Sapec Agro, S.A. (Procedimiento prejudicial — Agricultura — Directiva 91/414/CEE — Directiva 2010/28/UE — Artículo 3, apartado 1 — Procedimiento de revisión, por parte de los Estados miembros, de los productos fitosanitarios autorizados — Plazo — Ampliación)
C2402018ES310120180517ES00033131
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 17 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo — España) — Industrias Químicas del Vallés, S.A. / Administración General del Estado, Sapec Agro, S.A.
(Asunto C-325/16) ( 1 )
«(Procedimiento prejudicial — Agricultura — Directiva 91/414/CEE — Directiva 2010/28/UE — Artículo 3, apartado 1 — Procedimiento de revisión, por parte de los Estados miembros, de los productos fitosanitarios autorizados — Plazo — Ampliación)»2018/C 240/03Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Supremo
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Industrias Químicas del Vallés, S.A.
Demandada: Administración General del Estado, Sapec Agro, S.A.
Fallo
El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2010/28/UE de la Comisión, de 23 de abril de 2010, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella la sustancia activa metalaxil, debe interpretarse en el sentido de que el plazo que prevé, que expira el 31 de diciembre de 2010, para permitir a los Estados miembros modificar o retirar, conforme a la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios, las autorizaciones vigentes de productos fitosanitarios que contengan metalaxil como sustancia activa, constituye un plazo perentorio que no puede ser ampliado por tales Estados.
( 1 ) DO C 305 de 22.8.2016.
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