Asunto C-526/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 31 de mayo de 2018 — Comisión Europea / República de Polonia (Incumplimiento de Estado — Directiva 2011/92/CE — Evaluación de impacto ambiental de las perforaciones de prospección o exploración de gas de esquisto — Prospecciones profundas — Criterios de selección — Determinación de umbrales)
C2592018ES720120180531ES00097282
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 31 de mayo de 2018 — Comisión Europea / República de Polonia
(Asunto C-526/16) ( 1 )
«(Incumplimiento de Estado — Directiva 2011/92/CE — Evaluación de impacto ambiental de las perforaciones de prospección o exploración de gas de esquisto — Prospecciones profundas — Criterios de selección — Determinación de umbrales)»2018/C 259/09Lengua de procedimiento: polaco
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Owsiany-Hornung, D. Milanowska y C. Zadra, agentes)
Demandada: República de Polonia (representantes: B. Majczyna, D. Krawczyk, M. Orion Jędrysek, H. Schwarz y K. Majcher, agentes)
Fallo
1)
La República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 2, apartado 1, en relación con el artículo 4, apartados 2 y 3 y los anexos II y III de la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente al haber excluido los proyectos de prospección o de exploración de yacimientos de gas de esquisto mediante perforaciones de una profundidad de hasta 5000 metros del procedimiento por el que se determina si es necesaria una evaluación de impacto ambiental, a excepción de las perforaciones de una profundidad mínima de 1000 metros en zonas de extracción de agua y de protección de masas de aguas interiores y en las zonas objeto de regímenes de protección de la naturaleza, como los parques nacionales, las reservas naturales, los parques naturales y las zonas «Natura 2000», y sus alrededores.
2)
Condenar a la República de Polonia a cargar con sus costas y con las de la Comisión Europea.
( 1 ) DO C 14 de 16.1.2017.
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