23.4.2018
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 142/10
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 28 de febrero de 2018 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — Imofloresmira — Investimentos Imobiliários, S.A. / Autoridade Tributária e Aduaneira
(Asunto C-672/16) (1)
((Procedimiento prejudicial - Impuesto sobre el valor añadido - Directiva IVA - Exención de las operaciones de arrendamiento y alquiler de bienes inmuebles - Derecho de opción en favor de los sujetos pasivos - Aplicación por los Estados miembros - Deducción del impuesto soportado - Utilización para las necesidades de operaciones gravadas del sujeto pasivo - Regularización de la deducción inicialmente practicada - Improcedencia))
(2018/C 142/14)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Imofloresmira — Investimentos Imobiliários, S.A.
Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira
Fallo
Los artículos 167, 168, 184, 185 y 187 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que establece la regularización del IVA inicialmente deducido por el motivo de que un inmueble, en relación con el cual se ha optado por la tributación, ya no se considera utilizado por el sujeto pasivo para las necesidades de sus propias operaciones gravadas, cuando dicho inmueble ha estado desocupado durante más de dos años, incluso si se acredita que el sujeto pasivo ha tratado de arrendarlo durante ese tiempo.
(1) DO C 86 de 20.3.2017.
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