19.9.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 343/20
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio (Italia) el 11 de mayo de 2016 — Associazione Italiana Corrieri Aerei Internazionali (AICAI) y otros/Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni, Ministero dello Sviluppo Economico
(Asunto C-260/16)
(2016/C 343/31)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: Associazione Italiana Corrieri Aerei Internazionali (AICAI), DHL Express (Italy) Srl, Federal Express Europe Inc., Società United Parcel Service Italia Ups Srl
Recurridas: Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni, Ministero dello Sviluppo Economico
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Se opone el Derecho de la Unión Europea, en particular el artículo [2], puntos 1 y 1 bis y el artículo 6 de la Directiva 97/67/CE, (1) en su versión ulteriormente completada y modificada por la Directiva 2008/6/CE, (2) a la aplicación de una norma nacional, en particular el artículo 2, letras a) y f) del Decreto Legislativo n.o [261]/1999 y el artículo 1, apartado 1, letras g) y r), leídas conjuntamente, y letra i), del Reglamento en materia de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, contenido en el Anexo A de la Decisión AGCOM 129/15/CONS, de 23 de marzo de 2015, y el correlativo Régimen aplicable a los procedimientos de concesión de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, aprobado mediante Decreto del Ministerio de Desarrollo Económico de 29 de julio de 2015, en la medida en que incluyen en el ámbito de los servicios postales los servicios de transporte por carretera, expedición y envíos urgentes?
2)
¿Se opone el Derecho de la Unión Europea, en particular el artículo 9, apartado 1, y el artículo [2], punto 19, de la Directiva 97/67/CE, en su versión ulteriormente completada y modificada por la Directiva 2008/6/CE, y los principios de proporcionalidad y razonabilidad a la aplicación de una norma nacional, en particular el artículo 6, apartado 1, del Decreto Legislativo n.o [261]/1999 y el artículo 8 del Reglamento en materia de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, contenido en el Anexo A de la Decisión AGCOM 129/15/CONS, de 23 de marzo de 2015, y el correlativo Régimen aplicable a los procedimientos de concesión de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, aprobado mediante Decreto del Ministerio de Desarrollo Económico, de 29 de julio de 2015, en la medida en que imponen a los operadores de servicios de transporte, expedición y envíos urgentes la obligación de obtener una autorización general con carácter adicional a la requerida en orden a garantizar el cumplimiento de los requisitos esenciales en materia de prestación de servicios postales?
3)
¿Se opone el Derecho de la Unión Europea, en particular el artículo 7, apartado 4, y el artículo 9, apartado 2, de la Directiva 97/67/CE, en su versión ulteriormente completada y modificada por la Directiva 2008/6/CE, a la aplicación de una norma nacional, en particular, el artículo 6, apartado 1 bis, y el artículo 10, apartado 2, del Decreto Legislativo n.o 261/1999, así como el artículo 11, apartado 1, letra f) y el artículo 15, apartado 2, del «Reglamento en materia de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales», contenido en el Anexo A de la Decisión AGCOM 129/15/CONS, de 23 de marzo de 2015, y el artículo 9 del correlativo Régimen aplicable a los procedimientos de concesión de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, aprobado mediante Decreto del Ministerio de Desarrollo Económico, de 29 de julio de 2015, en la medida en que imponen a los operadores de servicios de transporte, expedición y envíos urgentes la carga de contribuir al fondo de compensación del servicio universal?
4)
¿Se opone el Derecho de la Unión Europea, en particular, el artículo 9, apartado 2, de la Directiva 97/67/CE, en su versión ulteriormente completada y modificada por la Directiva 2008/6/CE, a la aplicación de una norma nacional, en particular, los artículos 6 y 10 del Decreto Legislativo n.o 261/1999, así como el artículo 11, apartado 1, letra f) y el artículo 15, apartado 2, del Reglamento en materia de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, contenido en el Anexo A de la Decisión AGCOM 129/15/CONS, de 23 de marzo de 2015, y el artículo 9 del correlativo Régimen aplicable a los procedimientos de concesión de títulos habilitantes para la oferta al público de servicios postales, aprobado mediante Decreto del Ministerio de Desarrollo Económico, de 29 de julio de 2015, en la medida en que no contienen ninguna valoración sobre los supuestos en los que procede exigir la contribución al fondo de compensación de los costes del servicio universal y no prevén modalidades de aplicación diferenciadas, en función de la situación subjetiva de los contribuyentes y de los mercados?
(1) Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio (DO 1998, L 15, p. 14).
(2) Directiva 2008/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, por la que se modifica la Directiva 97/67/CE en relación con la plena realización del mercado interior de servicios postales comunitarios (DO L 52, p. 3).