29.8.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 314/15
Recurso de casación interpuesto el 11 de julio de 2016 por European Union Copper Task Force contra el auto del Tribunal General (Sala Tercera) dictado el 27 de abril de 2016 en el asunto T-310/15, European Union Copper Task Force/Comisión Europea
(Asunto C-384/16 P)
(2016/C 314/21)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: European Union Copper Task Force (representantes: C. Fernández Vicién, I. Moreno-Tapia Rivas y C. Vila Gisbert, abogadas)
Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea
Pretensiones de la parte recurrente
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Que se anule el auto de la Sala Tercera del Tribunal General de la Unión Europea de 27 de abril de 2016 en el asunto T-310/15, European Union Copper Task Force/Comisión Europea.
—
Que se acuerde la admisión del recurso de anulación interpuesto por European Copper Task Force contra el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/408.
—
Que se devuelva el asunto al Tribunal General de la Unión Europea para que éste resuelva.
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Que se condene en costas a la Comisión Europea.
Motivos y principales alegaciones
1.
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que el Reglamento de Ejecución 2015/408 (1) es un acto reglamentario que incluye medidas de ejecución, a efectos del párrafo cuarto del artículo 263 TFUE.
2.
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que la desestimación del recurso de European Union Copper Task Force no vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva de esta asociación ni de sus miembros.
3.
El Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que el Reglamento de Ejecución 2015/408 no afecta individualmente a European Union Copper Task Force ni a los miembros de esta asociación.
(1) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/408 de la Comisión, de 11 de marzo de 2015, que establece una lista de sustancias candidatas a la sustitución, en aplicación del artículo 80, apartado 7, del Reglamento (CE) n.o 107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios (DO 2015, L 67, p. 18).