24.10.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 392/11
Petición de decisión prejudicial planteada por el Areios Pagos (Grecia) el 4 de agosto de 2016 — Georgios Leventis, Nikolaos Vafias/Malcon Navigation Co. Ltd, Brave Bulk Transport Ltd
(Asunto C-436/16)
(2016/C 392/14)
Lengua de procedimiento: griego
Órgano jurisdiccional remitente
Areios Pagos (Grecia)
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes en casación: Georgios Leventis y Nikolaos Vafias
Recurridas en casación: Malcon Navigation Co. Ltd y Brave Bulk Transport Ltd
Cuestión prejudicial
Si la cláusula de prórroga de la competencia pactada entre unas sociedades con arreglo al artículo 23, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 44/2001, (1) que en el presente asunto figura en el documento privado de 14 de noviembre de 2007 firmado por la primera y la segunda recurridas en casación, cuyo artículo 10 dispone que «el presente acuerdo se regirá por el Derecho inglés y estará sometido a la competencia judicial de los tribunales ingleses y todo litigio que se derive del mismo o que se relacione con él será de la competencia exclusiva de la High Court of Justice of England and Wales», se aplica igualmente, por las acciones y omisiones de los órganos de la segunda recurrida en casación, que la representan y hacen nacer la responsabilidad de la misma con arreglo al artículo 71 del Código Civil helénico, a las personas responsables que actuaron en ejercicio de sus propias funciones y que, según lo dispuesto en este mismo artículo en relación con el artículo 926 del Código Civil helénico, responden solidariamente junto con la sociedad como persona jurídica.
(1) Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12, p. 1).