29.1.2018
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 32/22
Sentencia del Tribunal General de 7 de diciembre de 2017 — Coca-Cola/EUIPO — Mitico (Master)
(Asunto T-61/16) (1)
([«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión Master - Marcas figurativas anteriores de la Unión Coca-Cola y marca nacional figurativa anterior C - Motivo de denegación relativo - Aprovechamiento indebido de la notoriedad de las marcas anteriores - Elementos de prueba del uso en el comercio, fuera de la Unión, de un signo que contiene la marca solicitada - Deducciones lógicas - Resolución adoptada a raíz de la anulación por el Tribunal General de una resolución anterior - Artículo 8, apartado 5, y artículo 65, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 5, y artículo 72, apartado 6, del Reglamento (UE) 2017/1001]»])
(2018/C 032/29)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: The Coca-Cola Company (Atlanta, Georgia, Estados Unidos (representantes: S. Malynicz, QC, S. Baran, Barrister, D. Stone y A. Dykes, Solicitors)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J.F. Crespo Carrillo, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Modern Industrial & Trading Investment Co. Ltd (Mitico) (Damasco, Siria) (representante: A.-E. Malami, abogada)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de diciembre de 2015 (asunto R 1251/2015-4) relativa a un procedimiento de oposición entre The Coca–Cola Company y Mitico.
Fallo
1)
Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 2 de diciembre de 2015 (asunto R 1251/2015-4).
2)
La EUIPO cargará, además de con sus propias costas, con las de The Coca-Cola Company, incluidas las correspondientes al procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO.
3)
Modern Industrial & Trading Investment Co. Ltd (Mitico) cargará con sus propias costas.
(1) DO C 111 de 29.3.2016.