Asunto T-214/16: Sentencia del Tribunal General de 4 de mayo de 2018 — El Corte Inglés/EUIPO — WE Brand (EW) [«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión EW — Marca denominativa anterior de la Unión WE — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»]
C2212018ES1610120180504ES0017161161
Sentencia del Tribunal General de 4 de mayo de 2018 — El Corte Inglés/EUIPO — WE Brand (EW)
(Asunto T-214/16) ( 1 )
«[«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión EW — Marca denominativa anterior de la Unión WE — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»]»2018/C 221/17Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: El Corte Inglés, S.A. (Madrid) (representante: J.L. Rivas Zurdo, abogado)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Botis y J. Ivanauskas, agentes)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: WE Brand Sàrl (Luxemburgo, Luxemburgo) (representantes: R. van Oerle y L. Bekke, abogados)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 11 de febrero de 2016 (asunto R 426/2015-2), relativa a un procedimiento de oposición entre WE Brand y El Corte Inglés.
Fallo
1)
Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 11 de febrero de 2016 (asunto R 426/2015-2).
2)
La EUIPO y WE Brand Sàrl cargarán con sus propias costas y con las de El Corte Inglés, S.A.
( 1 ) DO C 251 de 11.7.2016.
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