Asunto T-590/16: Auto del Tribunal General de 8 de junio de 2018 — Spychalski/Comisión («Función pública — Selección — Convocatoria de oposición — Oposición general EPSO/AD 177/10-ECO2013 — Evaluación de la lengua principal — Decisión de no incluir el nombre del demandante en la lista de reserva — Incompetencia manifiesta — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)
C2682018ES3720120180608ES0046372382
Auto del Tribunal General de 8 de junio de 2018 — Spychalski/Comisión
(Asunto T-590/16) ( 1 )
«(«Función pública — Selección — Convocatoria de oposición — Oposición general EPSO/AD 177/10-ECO2013 — Evaluación de la lengua principal — Decisión de no incluir el nombre del demandante en la lista de reserva — Incompetencia manifiesta — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)»2018/C 268/46Lengua de procedimiento: polaco
Partes
Demandante: Michał Spychalski (Varsovia, Polonia) (representante: A. Żołyniak, abogada)
Demandada: Comisión Europea (representantes: K. Herrmann y G. Gattinara, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión del jurado de la oposición general EPSO/AD 177/10-ECO2013, organizada por la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO), de no inscribir el nombre del demandante en la lista de reserva y, por otra parte, que se ordene a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos que complete la lista de reserva establecida sobre la base de la oposición general de que se trata con el nombre del demandante, bajo reserva de hacer coincidir el plazo de validez de la inclusión con la fecha de validez de la lista.
Fallo
1)
Desestimar el recurso en parte como manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno y en parte por incompetencia manifiesta del Tribunal para conocer del mismo.
2)
Condenar al Sr. Michał Spychalski a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.
( 1 ) DO C 383 de 17.10.2016 (Asunto inicialmente registrado en el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea como F-20/16 y transferido al Tribunal de la Unión Europea el 1.9.2016).
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