4.2.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 44/57
Auto del Tribunal General de 19 de noviembre de 2018 — Credito Fondiario/JUR
(Asunto T-661/16) (1)
([«Recurso de anulación - Unión económica y monetaria - Unión bancaria - Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) - Fondo Único de Resolución (FUR) - Fijación de la aportación ex ante relativa a 2016 - Plazo para recurrir - Extemporaneidad - Excepción de ilegalidad - Inadmisibilidad manifiesta»])
(2019/C 44/73)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Credito Fondiario SpA (Roma, Italia) (representantes: F. Sciaudone, S. Frazzani, A. Neri y F. Iacovone, abogados)
Demandada: Junta Única de Resolución (representantes: B. Meyring, A. Villani y M. Caccialanza, abogados)
Coadyuvante en apoyo de la demandante: República Italiana (representante: G. Palmieri, agente)
Coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: V. Di Bucci, A. Steiblytė y K.-Ph. Wojcik, agentes)
Objeto
Recurso, por una parte, basado en el artículo 263 TFUE, y por el que se solicita la anulación, en la medida en que afectan a la demandante, de la Decisión adoptada por la JUR, en su sesión ejecutiva de 15 de abril de 2016, sobre las aportaciones ex ante, relativas a 2016, al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2016/06), y de la Decisión adoptada por la JUR, en su sesión ejecutiva de 20 de mayo de 2016, sobre la adecuación de las aportaciones ex ante, relativas a 2016, al Fondo Único de Resolución, mediante la que se complementa la Decisión de la JUR de 15 de abril de 2016 (SRB/ES/SRF/2016/13), y, por otra parte, basado en el artículo 277 TFUE.
Fallo
1)
Desestimar el recurso por inadmisibilidad manifiesta.
2)
Condenar a Credito Fondiario SpA a cargar con sus propias costas y con las de la Junta Única de Resolución (JUR).
3)
La Comisión Europea y la República Italiana cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 402 de 31.10.2016.
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