15.1.2018
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 13/18
Auto del Tribunal General de 15 de noviembre de 2017 — Pilla/Comisión y EACEA
(Asunto T-784/16) (1)
([«Recurso de anulación y de indemnización - Medidas provisionales - Petición de asistencia jurídica gratuita presentada con posterioridad a la interposición de un recurso - Programa “Europa Creativa (2014-2020)” - Convocatoria de propuestas relativa al apoyo a una acción preparatoria - Decisión por la que se rechaza la candidatura por el incumplimiento de un criterio de subvencionabilidad - Subvenciones únicamente accesibles a las personas jurídicas - Incumplimiento de los requisitos de forma - No imputabilidad de los actos a la EACEA - Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»])
(2018/C 013/30)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Rinaldo Pilla (Venafro, Italia) (representante: A. Silvestri, abogada)
Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Aresu y C. Gheorghiu, agentes) y Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA) (representantes: H. Monet y V. Sansonetti, agentes)
Objeto
En primer lugar un recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión de la Comisión de 2 de septiembre de 2016 por la que se rechazó la candidatura presentada por el demandante en el marco de la convocatoria de propuestas «EAC/S05/2016 — Apoyo a una acción preparatoria para crear un premio del Festival de la Unión Europea y una marca del Festival de la Unión Europea en el ámbito de la cultura: EFFE (Europa con los Festivales, Festivales para Europa)» de 26 de abril, en segundo lugar, una pretensión dirigida a que el Tribunal General, con carácter principal, constate y declare la admisibilidad de la candidatura del demandante o, con carácter subsidiario, anule el «propio procedimiento de selección», en tercer lugar, una pretensión dirigida a obtener la suspensión del procedimiento de selección y, en cuarto lugar, una pretensión basada en el artículo 268 TFUE mediante la que se solicita la indemnización del perjuicio supuestamente sufrido por el demandante como consecuencia del rechazo de su candidatura.
Fallo
1)
Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso en la medida en que va dirigido contra la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA).
2)
Desestimar el recurso, en parte como manifiestamente inadmisible y en parte como manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno, en la medida en que va dirigido contra la Comisión Europea.
3)
Denegar la petición de asistencia jurídica gratuita.
4)
Condenar en costas al Sr. Rinaldo Pilla.
(1) DO C 6 de 9.1.2017.