11.7.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 251/34
Recurso interpuesto el 4 de mayo de 2016 — República de Lituania/Comisión Europea
(Asunto T-205/16)
(2016/C 251/40)
Lengua de procedimiento: lituano
Partes
Demandante: República de Lituania (representantes: D. Kriaučiūno, R. Krasuckaitės y D. Stepanienės, agentes)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la Decisión C(2016)969 final de la Comisión, de 23 de febrero de 2016, relativa a la reducción de la ayuda del Fondo de Cohesión para el proyecto desarrollado en Lituania y titulado «Asistencia técnica para la gestión del Fondo de Cohesión en la República de Lituania» (2005LT16CPA001), en cuanto dispone una reducción de la ayuda en la cantidad de 137 864,61 euros.
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Condene en costas a la Comisión Europea.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un motivo único, basado en la infracción del artículo 11 del Reglamento n.o 16/2003 de la Comisión (1) en relación con el principio de confianza legítima, en cuanto la Comisión Europea, al decidir reducir la ayuda del Fondo de Cohesión UE en la cantidad de 137 864,61 euros:
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no tuvo en cuenta el hecho de que los costes por el IVA soportados como consecuencia de la aplicación de la Decisión C(2005)5291 de la Comisión (2) que aprobó el proyecto «Asistencia técnica para la gestión del Fondo de Cohesión en la República de Lituania» («el proyecto») eran admisibles para el reembolso conforme a los requisitos del artículo 11, apartado 1, del Reglamento n.o 16/2003 y demás requisitos.
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Interpretó erróneamente el artículo 11, apartado 3, del Reglamento n.o 16/2003 como aplicable al proyecto ya que con independencia de si los costes por el IVA eran o no reembolsables, esa interpretación es discordante con el artículo 11, apartado 1, del Reglamento n.o 16/2003 y carece de lógica jurídica y aplicabilidad práctica en conexión con la financiación de los proyectos del Fondo de Cohesión.
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No atendió al artículo 3, apartado 2, de la Decisión C(2005)5291 de la Comisión, que disponía que, conforme al artículo 7, apartado 4, del Reglamento n.o 1164/94, (3) la ayuda comunitaria se concedía para el 100 % del valor del proyecto (sin prever ninguna contribución de la persona que desarrollara el proyecto), por lo que el Estado miembro podía confiar legítimamente en que el proyecto sería financiado plenamente con recursos del Fondo de Cohesión, y en que todas las reglas establecidas por el Reglamento n.o 16/2003 serían debidamente aplicadas.
(1) Reglamento (CE) n.o 16/2003 de la Comisión, de 6 de enero de 2003, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1164/94 del Consejo en lo que se refiere a la subvencionabilidad de los gastos de las actuaciones cofinanciadas por el Fondo de Cohesión (DO 2003, L 2, p. 7).
(2) Decisión C(2005)5291 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2005, relativa a la concesión de ayuda del Fondo de Cohesión al proyecto de asistencia técnica para la gestión del Fondo de Cohesión en la República de Lituania relativo a CCI 2005/LT/16/C/PA/001, según su modificación por la Decisión C(2008)1566 de la Comisión de 15 de abril de 2008 y la Decisión C(2011)3688 de la Comisión de 20 de mayo de 2011.
(3) Reglamento (CE) no 1164/94 del Consejo, de 16 de mayo de 1994, por el que se crea el Fondo de Cohesión (DO 1994, L 130, p. 1), derogado por el Reglamento no 1084/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se crea el Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1164/94 (DO 12006, L 210, p. 79).