16.1.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 14/36
Recurso interpuesto el 29 de julio de 2016 — The Regents of the University of California/OCVV — Nador Cott Protection y CVVP (Tang Gold)
(Asunto T-405/16)
(2017/C 014/44)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: The Regents of the University of California (Riverside, California, Estados Unidos de América) (representantes: J. Muñoz-Delgado Mérida, S. Poza Martínez, M. Esteve Sanz y J. Lissen Arbeloa, abogados)
Demandada: Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV)
Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Nador Cott Protection SARL (Saint-Raphaël, Francia) y Club de Variedades Vegetales Protegidas (Valencia, España)
Datos relativos al procedimiento ante la OCVV
Titular de la obtención vegetal que goza de protección comunitaria controvertida: Parte demandante
Obtención vegetal que goza de protección comunitaria controvertida: Obtención vegetal que goza de protección comunitaria no EU 38924, denominación de variedad: Tang Gold, especie: Citrus reticulata Bianco
Resolución impugnada: Resolución de la Sala de Recurso de la OCVV de 29 de abril de 2016 en el asunto A006/2014
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Asigne a la variedad Nadorcott, en lo que respecta al carácter no 68 del Protocolo CPVO-TP 201/2, el Nivel de expresión «muy alto» con Nota de 9, o subsidiariamente, el nivel de expresión «alto» con nota 7, reflejándolo así en el Informe de Diferencias con Variedades Similares que forma parte de la descripción oficial de la variedad Tang Gold.
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Reconozca la existencia de claras diferencias entre las variedades Tang Gold y Nardorcott en los caracteres números 5, 6, 14, 15, 16, 37, 50, 60 y 65 del Protocolo CPVO-TP 201/2, declarándolo así y acordando la rectificación del Informe de Diferencias con Variedades Similares que forma parte de la descripción oficial de la variedad Tang Gold, para incluirlas en el mismo.
Motivos invocados
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Infracción de los artículos 57, 62, 67, 75 y 81 del Reglamento no 2100/94.
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Infracción del artículo 49 del Reglamento no 874/09.
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Incorrecta interpretación del informe del IVIA titulado «Importancia de la reducción del contenido de semillas mediante mutagénesis inducida».
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Independencia de la característica 68 respecto de las circunstancias ambientales.
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La comparabilidad de datos aportados por UCR respecto del número de semillas de Nadorcott.