10.10.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 371/15
Recurso interpuesto el 29 de julio de 2016 — De Masi/Comisión
(Asunto T-423/16)
(2016/C 371/17)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Fabio De Masi (Bruselas, Bélgica) (representantes: Prof. A. Fischer-Lescano)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Declare nula la decisión de la demandada de 20 de mayo de 2016 sobre la solicitud de acceso a los documentos del Grupo del Código de Conducta.
—
Declare nula la decisión de la demandada de 13 de julio de 2016 sobre la solicitud de acceso a los documentos del Grupo del Código de Conducta.
—
Condene a la demandada a pagar las costas del procedimiento y las costas de los posibles intervinientes en el procedimiento, con arreglo al artículo 87, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
1.
Primer motivo, basado en la infracción del artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 (1)
El demandante alega que las decisiones de la demandada de 20 de mayo de 2016 y de 13 de julio de 2016 vulneran el derecho a una respuesta adecuada sobre la solicitud confirmatoria, previsto en la citada disposición.
2.
Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 15 TFUE, apartado 3, en relación con el artículo 2, apartado 1, del Reglamento n.o 1049/2001
El demandante sostiene asimismo que la denegación del pleno acceso a los documentos relativos al Grupo del Código de Conducta (fiscalidad de las empresas), instituido por el Consejo, vulnera igualmente su derecho a la consulta de esos documentos, garantizado por las citadas disposiciones.
A este respecto, el demandante aduce que en el presente caso no resultan de aplicación las excepciones al principio de transparencia previstas en el artículo 4, apartados 3 y 1, letra a), cuarto guion, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001.
Añade que se ha producido una insuficiencia de ponderación y de motivación, y que la divulgación de los documentos reviste un interés público superior.
(1) Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).
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