24.10.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 392/42
Recurso interpuesto el 4 de agosto de 2016 — Šroubárna Ždánice/Consejo
(Asunto T-442/16)
(2016/C 392/55)
Lengua de procedimiento: checo
Partes
Demandante: Šroubárna Ždánice a. s. (Kyjov, República Checa) (representante: M. Osladil, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Declare que la Unión Europea debe pagar a la parte demandante, a título de indemnización del daño sufrido, la cantidad de 75 502 534 CZK;
—
Condene en costas a la Unión Europea.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un único motivo, basado en que, con arreglo al artículo 268 TFUE, en relación con el artículo 340 TFUE, párrafo segundo, se cumplen todos los requisitos para que la Unión Europea incurra en una responsabilidad extracontractual por daños causados:
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Al aplicar un derecho antidumping a la importación de determinados elementos de fijación, hechos de hierro o de acero, procedentes de la República Popular de China, posteriormente extendido a las importaciones procedentes de Malasia, la Unión Europea incumplió sus obligaciones derivadas de su calidad de miembro de la OMC, y concretamente las establecidas en el Acuerdo antidumping;
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La infracción del Acuerdo antidumping implicó una infracción del artículo 216 TFUE, apartado 2;
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Como consecuencia del acto ilegal cometido por la Unión Europea, la parte demandante sufrió un daño por importe de 75 502 534 CZK;
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Existe una relación de causalidad entre el daño antes descrito y el acto ilegal de la Unión Europea.
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